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Decidir es un derecho: aborto, autonomía y resistencias feministas centroamericanas

Decidir es un derecho: aborto, autonomía y resistencias feministas centroamericanas

Por Génesis R. Cruz

No podía escribir sobre el derecho a decidir sin pasar primero el tema por mi propia cuerpa y por mi propia vida. Porque este es uno de esos temas que nos atraviesan de una y mil maneras.

“Es autonomía corporal”, me dijo Peggy Chamorro, de la Colectiva por el Derecho a Decidir, durante el V Congreso Nacional de Aborto en Costa Rica (2026).

Autonomía es una palabra grande, abarcadora y poderosa. Pero, en esencia, hablar del derecho a decidir efectivamente es hablar de autonomía corporal: de poder elegir, de manera informada y libre de violencia, cómo queremos habitar nuestros cuerpos y construir nuestras vidas.

Para mí, esa disputa comenzó mucho antes de comprenderla con esas palabras.

Durante el colegio aprendí que incluso las decisiones que parecían más pequeñas podían convertirse en territorios de disputa: teñirse el cabello, hacerse una perforación, pintarse las uñas, usar aretes o pulseras. No exagero cuando digo que llevo tres décadas peleando con el mundo por el derecho a habitar mi cuerpo de una manera que me resulte cómoda, propia y auténtica. Siempre la “rarita”, la “loca”, la “excéntrica”. Tanto, que esas palabras ya ni siquiera me suenan a insulto.

Y después “empeoró” todo al salir del clóset. Mi primera novia, en sexto año de colegio, fue también mi primer gran amor. Me desconcertaba profundamente que algunas de las personas que quería no pudieran celebrar un amor que para mí había sido tan luminoso. Un amor con el que entendí que yo definitivamente no era heterosexual y que, para muchas personas, eso estaba mal.

Llegó la libertad de vivir fuera de la casa de mi familia cuando entré a la universidad gracias a una beca del Estado. Y entonces aprendí otra cosa: decidir libremente también depende de las condiciones materiales que tenemos para hacerlo. Porque hay momentos en que decidir qué hacer con nuestra vida resulta mucho más difícil cuando no alcanza ni para cenar.

Salí del clóset varias veces más. Bisexual, luego trans, género fluide, pansexual y, finalmente, sólo una persona con la urgencia de que me dejen ser, que me dejen explorarme, cuestionar mis propias certezas y cambiar de rumbo cuando lo necesite. Que me dejen tomar decisiones sobre mi vida sin que nada ni nadie tenga más autoridad sobre mi cuerpo que yo misma.

Por eso, el derecho a decidir no puede reducirse al derecho a abortar.

“Cuando estamos hablando del derecho a decidir estamos hablando de la autonomía de las personas, del derecho a la autodeterminación que tenemos como seres humanos”, me explicó Peggy Chamorro. “No es solamente sobre si abortamos o no, si tenemos hijos o no”. Para ella, esa autonomía también implica que una niña pueda vivir una infancia cuidada y libre de un embarazo forzado, y que las personas adolescentes tengan acceso a información científica, laica y veraz para tomar decisiones informadas (P. Chamorro, comunicación personal, 2026).

La pregunta, entonces, empieza a hacerse más grande: ¿Qué significa realmente decidir cuando las posibilidades de hacerlo están atravesadas por la edad, el dinero, el territorio, la información disponible, la identidad, el tener una discapacidad, la violencia vivida o las relaciones de poder?

El derecho internacional de los derechos humanos no entiende la autonomía como una idea abstracta. En Artavia Murillo y otros (Fertilización in vitro) vs. Costa Rica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos vinculó la vida privada con la autonomía personal, el desarrollo de la personalidad y las decisiones reproductivas. La Corte señaló que la decisión de tener hijos biológicos mediante técnicas de reproducción asistida forma parte del ámbito de la autonomía y de la identidad de las personas. Aunque el caso no se refiere al aborto, su razonamiento resulta relevante para comprender la protección interamericana de la autonomía reproductiva como un derecho. (Corte IDH, 2012)

El Fondo de Población de las Naciones Unidas también ha situado la autonomía corporal como un componente fundamental de la igualdad de género y de la realización de los derechos sexuales y reproductivos (UNFPA, 2021). Una persona puede estar segura de que no quiere tener hijes, pero no tener acceso a anticoncepción o a los medios para conseguirla. Puede encontrarse frente a un embarazo que no desea continuar, pero no disponer de información confiable, dinero para trasladarse, servicios de salud accesibles o condiciones para hacerlo sin miedo.

La autonomía, entonces, nunca ocurre en el vacío. Necesita tiempo, información, salud, seguridad, recursos, redes y libertad frente a la violencia. Necesita que las decisiones de una persona sean reconocidas como propias y que su cuerpo no sea convertido en un territorio administrado por otras personas.

Cuando empezamos a mirar esa pregunta desde los cuerpos que habitamos en Centroamérica, descubrimos que la autonomía no está distribuida de manera para nada equitativa. Hay cuerpos para los que decidir es una posibilidad y hay otros para los que decidir sigue siendo una batalla.

Territorio-cuerpo en disputa

“La autonomía es un proceso personal y colectivo, en el que cada día acumulamos fuerzas para expresar y defender nuestros propios intereses. También es un proceso conflictivo… implica confrontación… quienes detentan el poder no lo ceden espontáneamente ni generosamente” (CEP Alforja, s. f., como se citó en Díaz et al., 2015).

La autonomía no es únicamente una capacidad individual, sino también un proceso atravesado por relaciones de poder.

En Centroamérica, el derecho a decidir no se juega únicamente en lo que dicen las leyes. Se juega también en las condiciones concretas que permiten o impiden, convertir un derecho en una posibilidad real: tener información confiable, contar con servicios de salud, disponer de dinero y tiempo para acceder a ellos, poder desplazarse, encontrar una red de apoyo y hacerlo sin miedo a la criminalización o al estigma.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que el aborto puede realizarse de manera segura cuando se utiliza un método recomendado, adecuado a la duración del embarazo, con información precisa y medicamentos de calidad. Sus recomendaciones también contemplan la autogestión del aborto con medicamentos durante las primeras 12 semanas, siempre que la persona tenga acceso a información adecuada, medicamentos de calidad, apoyo de personal sanitario y servicios de salud o referencia cuando los necesite (OMS, 2025).

Pero esas condiciones no aparecen solas. También dependen de las leyes y de cómo los sistemas de salud responden a ellas. En su guía sobre leyes y políticas de aborto publicada en 2026, la OMS analiza la interacción entre los marcos jurídicos y los factores del sistema de salud, incluidos la criminalización, los límites gestacionales y la autorización de terceras personas (OMS, 2026).

Dicho de otra manera: no basta con que exista una opción médica segura si las condiciones para acceder a ella están bloqueadas. Y esto lo sé de primera mano.

Yo aborté en 2020

Lo he callado y cargado con miedo durante años. No me atrevía a decirlo siquiera en espacios seguros. Apenas ahora estoy empezando a encontrar comodidad en apalabrarlo.

Aborté porque siempre he tenido clarísimo que parir no es la forma en que quiero maternar. Prefiero seguir maternando a mis tres gatas y a mi perrhija Buñuela. La maternidad no forma parte de mis anhelos ni de mi proyecto de vida. He parido proyectos, canciones y poemas, pero no necesito traer una criatura al mundo para sentirme realizada o plena.

Hoy puedo decirlo en voz alta: yo aborté. Y claro que lo volvería a hacer, aunque espero que no vuelva a ser necesario.

Y no, para mí abortar no fue una fiesta, ni una celebración, ni un acto de crueldad. Tampoco fue una experiencia reducible a una sola emoción. Fue un proceso profundamente emocional, transformador y complejo.

Lo traumático de mi historia no fue haber decidido no continuar un embarazo. Fue haber tenido que tomar esa decisión en un país donde el aborto está penalizado fuera de las circunstancias establecidas por la ley. Fue pasar semanas de incertidumbre y miedo sin saber si conseguiría un medicamento seguro. Fue intentar encontrar información y redes de apoyo durante el primer año de una pandemia global, cuando muchas de las personas y organizaciones a las que acudí no podían ayudarme. Fueron noches en vela, lágrimas y el temor de estar condenada a continuar un embarazo que no deseaba. Hasta que apareció una amiga. Una acompañante. Una brujita-hada que hizo posible que mi decisión dejara de parecerme imposible.

Y sí, pude decidir. Pero ¿a qué costo?

Mi historia permite entender por qué hablar de autonomía corporal exige hablar también de desigualdad.

Para una persona con recursos económicos, información y posibilidades de desplazamiento, una barrera legal puede significar sólamente  agendar un viaje al extranjero y buscar atención en otro lugar. Para una persona empobrecida, rural, adolescente, con discapacidad, migrante o sometida a violencias, esa misma barrera puede significar semanas de espera, endeudamiento, desplazamientos imposibles o la continuación de un embarazo que no eligió.

La OMS identifica entre los componentes de un entorno favorable para la atención de calidad el respeto de los derechos humanos, un marco jurídico y político de apoyo, información disponible y accesible y un sistema de salud funcional, accesible y asequible (OMS, 2025).

Por eso, la justicia reproductiva no puede reducirse a preguntar si una ley permite o prohíbe el aborto. También tenemos que preguntar quién puede acceder a información, quién puede pagar un traslado, quién puede ausentarse del trabajo, quién tiene una red que acompañe y quién puede acudir a un servicio sin miedo a ser juzgada, denunciada o violentada. Yo tuve un hada brujita, la mayoría no tienen esa suerte.

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Información para decidir

Hablar de aborto también implica desmontar el silencio que lo rodea. Y desmontarlo no significa únicamente decir que el aborto existe: significa poner a disposición de las personas información confiable para que puedan tomar decisiones sobre sus propios cuerpos.

El misoprostol es un ejemplo claro. Ya en 2014, la Colectiva por la Libre Información de las Mujeres explicaba que “Misoprostol es el nombre genérico de este medicamento, los laboratorios farmacéuticos que lo producen le ponen otros nombres(…) El misoprostol no es tóxico, lo que sucede es que este medicamento hace que el útero se contraiga” (Colectiva por la Libre Información de las Mujeres, 2014, p. 47-48).

Hoy existe evidencia científica mucho más amplia. La OMS reconoce el aborto con medicamentos como una intervención segura y eficaz; y también reconoce el aborto autogestionado con estos medicamentos durante las primeras 12 semanas (OMS, 2025).

Cuando quienes necesitan orientación tienen que esconderse para buscarla, cuando la información circula únicamente en redes informales o cuando el miedo a la criminalización acompaña cada pregunta, el silencio se convierte en una barrera material para la autonomía.

Cuando decidir se vuelve imposible

Los casos de Manuela y Beatriz, en El Salvador, muestran hasta dónde pueden llegar las consecuencias cuando una emergencia obstétrica o un embarazo de alto riesgo queda atrapado en un sistema atravesado por la criminalización y la inseguridad jurídica.

Manuela era una mujer de escasos recursos económicos, analfabeta y residente de una zona rural. En 2008 sufrió una emergencia obstétrica y fue atendida en un hospital de San Francisco Gotera. Posteriormente fue detenida y condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado. En 2021, la Corte Interamericana declaró “responsable internacionalmente al Estado salvadoreño por violaciones a sus derechos, entre ellos la libertad personal, las garantías judiciales, la igualdad ante la ley, la vida, la integridad personal, la vida privada y la salud” (Corte IDH, 2021).

La Corte situó además el caso en un contexto de criminalización de mujeres que habían sufrido emergencias obstétricas bajo un régimen de penalización absoluta del aborto.

Tres años después, el caso de Beatriz volvió a llevar esta discusión ante el sistema interamericano. Beatriz atravesó un embarazo de alto riesgo en un contexto de inseguridad jurídica para el personal médico. En 2024, la Corte Interamericana declaró internacionalmente responsable a El Salvador por incumplir su deber de debida diligencia en la garantía de derechos relacionados con los recursos judiciales efectivos, la integridad personal, la salud y la vida privada. La Corte vinculó esas vulneraciones con una situación de violencia obstétrica generada por la inseguridad jurídica sobre la actuación del personal médico (Corte IDH, 2024).

Así, la incertidumbre también puede convertirse en una forma de violencia cuando una persona y quienes la atienden no tienen certeza sobre qué pueden hacer sin exponerse a consecuencias legales.

En enero de 2025, la OMS señaló que el aborto estaba prohibido en todas las circunstancias en El Salvador, Honduras y Nicaragua. La misma fuente describió a Centroamérica como una región con algunos de los marcos legales y políticas de aborto más restrictivos del mundo.

Costa Rica y Guatemala cuentan, en cambio, con excepciones vinculadas al riesgo para la vida de la persona embarazada. En Costa Rica, el artículo 121 del Código Penal establece que “no es punible el aborto practicado con consentimiento cuando tiene como finalidad evitar un peligro para la vida o la salud de la persona embarazada que no pueda evitarse por otros medios.” En Guatemala, la legislación también permite el aborto terapéutico cuando la vida de la persona embarazada está en riesgo.

Pero una excepción legal tampoco equivale automáticamente a acceso efectivo. En Guatemala, por ejemplo, Human Rights Watch documentó que entre 2018 y 2024 14.696 niñas de 14 años o menos dieron a luz, según datos del Registro Nacional de las Personas. La organización también identificó barreras relacionadas con el acceso a servicios de salud, las distancias, la falta de personal capacitado y los recursos insuficientes, además de obstáculos para acceder a justicia.

No se trata únicamente de preguntar si esas niñas podían decidir sobre un embarazo. Hay que preguntar qué posibilidades reales tuvieron de decidir sobre sus cuerpos antes de que ese embarazo ocurriera, qué información recibieron, qué protección encontraron y qué hizo el Estado frente a la violencia sexual que sufrieron.

Además la perspectiva interseccional no se trata de enumerar identidades como si todas enfrentaran las mismas dificultades. Consiste en mirar cómo las relaciones de poder producen barreras concretas y diferenciadas para cada persona. La pobreza puede convertir un traslado en una barrera insuperable, la ruralidad puede determinar la disponibilidad de atención o medicamentos, una discapacidad puede encontrarse con servicios inaccesibles, la edad puede limitar el acceso a información y la discriminación puede atravesar la experiencia de quienes no encajan en las categorías tradicionales y binarias del género. El debate sobre autonomía corporal, en consecuencia, no puede reducirse a una única experiencia de ser mujer o de habitar un cuerpo con capacidad de gestar.

Por eso, la autonomía corporal no puede defenderse selectivamente.

Mi aborto fue una decisión propia. Pero el miedo, la clandestinidad y las barreras que tuve que atravesar para poder tomarla no lo fueron. Y esa diferencia importa.

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